Poder e inversión de Clausewitz: El concepto de guerra en Foucault.
“… en una situación tan peligrosa como la
guerra los peores errores son los que alimentan los buenos sentimientos”.
Carl von Clausewitz
El
análisis del poder realizado por Foucault
en su Curso [*] en el Collège de
France entre los años 1975–76 se desarrolló en el ámbito jurídico, en
referencia al campo económico y finalmente en la inversión del aforismo
de Clausewitz y sus consecuencias.
La
guerra, la política y el derecho son tres nociones que se encuentran inscritas
dentro de las relaciones de poder. Por ello,
el derecho como una cierta manera de continuar la guerra, fue otra
afirmación que también se analizó en el citado curso. Hay que resaltar que el
uso que hizo Foucault del concepto de la guerra difiere de las tesis clásicas y
puede ser considerado una desconstrucción del concepto mismo.
Debe
tenerse en cuenta que en Foucault, la manera de confrontar los conceptos no es
a partir de su definición teórica, sino a partir de ver cómo operan, qué
efectos producen y qué relaciones establecen. Así, Foucault propuso invertir la
máxima de Clausewitz a una aseveración más controvertida, pero más apegada a la
dinámica social: «la política es la continuación de la guerra por otros
medios».
Esa
afirmación tenía para Foucault tres implicaciones. Primero, que las relaciones
de poder no son abstractas, sino que son el resultado de relaciones de fuerza
concretas en un momento histórico determinado. Segundo, que las modificaciones
de las relaciones de fuerza relativas al poder, en un sistema político, deberían
ser interpretadas sólo como la continuación de la guerra. Y tercero, que la
política es la derrota de una forma de hacer la guerra y la última batalla
sería el fin de la política y suspendería el ejercicio del poder como guerra
continua.
Dichas
cuestiones deben responder a una serie de cuestionamientos. Así, desde el punto
de vista foucaultiano serían cinco los postulados clásicos sobre el análisis
del poder que deben ser negados y replanteados: 1) el de propiedad (el poder es
algo que poseen las clases dominantes). 2) el de localización (el poder se encuentra
contenido en el Estado). 3) el de subordinación (el poder está subordinado a
estructuras económicas). 4) el de los modos de acción (el poder como algo que
reprime pero que no produce) y 5) el de legalidad (el poder del Estado se
expresa mediante la ley).
* * *
I
La
política tuvo que buscar la continuación de las relaciones de dominación
ganadas en la guerra. La política entonces deja de ser el arte del gobierno del
Estado para adquirir una función bien distinta, que dicha política mantenga las
relaciones de dominación previamente establecidas. El poder político surgido de
la guerra tiene la función de sostener las relaciones de poder y dominación que
se daban en ella y que conducen a la posibilidad de que la política sustituya
la guerra, con la condición de perpetuar, las ventajas adquiridas durante el
conflicto.
Otra
alternativa sería la de guerra-represión. Se podrá advertir que nos encontramos
frente a la potente conjetura de que el mecanismo del poder sería la represión
y el fondo de la relación de poder sería el enfrentamiento belicoso de las
fuerzas. La hipótesis represiva se encuentra anclada en una tradición según la
cual el poder es restrictivo, negativo y coercitivo. Eso supone que el poder se
ejerce y sólo existe en acto. Además así, el poder es esencialmente lo que reprime.
En esa hipótesis el papel del poder político sería reinscribir perpetuamente
una relación de fuerza por medio de una especie de guerra silenciosa. Vale
decir que la política sería la sanción del desequilibrio de fuerzas manifestado
en la guerra y entonces, también las luchas políticas, los enfrentamientos con
el poder por el poder, las modificaciones de las relaciones de fuerza en un
sistema político, no deberían interpretarse sino como las secuelas de la
guerra.
En
el sistema democrático, cada una de sus instituciones reproduce las tácticas y
las estrategias para seguir con las formas de dominación. Así el derecho,
porque es necesaria la existencia de un sistema de normas con carácter
impositivo que permita sostener las desigualdades y las exclusiones dentro de
un orden de legitimidad. El derecho se convierte en el instrumento necesario de
la política para restablecer el orden de estabilidad social y de deber ser
surgidos en el momento del cese de hostilidades.
Pensar
las relaciones de poder en estos términos es una manera de confrontar la vieja
tesis de la filosofía del siglo XVIII según la cual el poder se articula como
derecho originario que se cede y constituye la soberanía. La teoría
jurídica clásica del poder, considera a éste como un derecho similar a un bien
–que sería todo aquello que satisface una necesidad y por el que cualquiera
está dispuesto a pagar un precio-, que se puede transferir o enajenar mediante
un acto fundador de derecho. El poder sería el poder concreto que todo
individuo posee y que cede para constituir una soberanía política. La
constitución del poder político se hace, así, según una operación jurídica que
sería del orden del intercambio contractual. El poder así constituido corre el
riesgo de hacerse opresión cuando va más allá de los términos del contrato.
* * *
[sigue]
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